Revisar y recontratar para una mejor convivencia

La escuela ha revisado y modificado sus prácticas de poder y sus modelos de relación y de autoridad, y actualmente se orienta hacia modalidades de convivencia basadas en el acuerdo y el consenso.

En todo proceso de enseñanza-aprendizaje, tanto en el plano de la convivencia como en el pedagógico didáctico, siempre existe un «contrato» entre el docente y el alumno que es resultado del conjunto de códigos y pactos implícitos y explícitos que regulan los comportamientos, interacciones y relaciones de los docentes y los y las estudiantes.

 

El contrato didáctico o pedagógico

El contrato didáctico o pedagógico es un acuerdo entre el docente y el alumno para propiciar el aprendizaje, que favorece la autonomía y el compromiso del alumno. Recoge las propuestas de aprendizaje del docente y el compromiso del alumno para su realización. Con el contrato se busca modificar el modelo de relación entre el que enseña y el que aprende, de forman que las normas implícitas sean sustituidas por normas explícitas.
El modelo tradicional que colocaba el control en el docente se sustituye en esta modalidad por la autonomía del alumno, se favorece el «aula diversificada» en tiempos, espacios, contenidos, metas, que pueden ser diferentes en razón de los grupos y sujetos. El modelo tradicional trabajaba con la uniformidad: enseñar a todos lo mismo, en un mismo momento, de la misma manera y evaluar a todos con una idéntica prueba.
En el modelo de trabajo por contrato los elementos de la tríada didáctica interactúan de un modo distinto, ya que se busca la autonomía del estudiante y su emancipación con relación a cómo aprende.

 

Existe un contrato de aprendizaje cuando estudiante y profesor intercambian sus opiniones, comentan sus necesidades, comparten proyectos y deciden en colaboración la forma de llevar a cabo el proceso de enseñanza y aprendizaje.

 

El contrato de convivencia

La convivencia en la escuela involucra a todos los actores escolares, requiere de normas que constituyen contratos y regulan la relación entre los sujetos. Las normas se elaboran por consenso y marcan el límite entre lo permitido y lo prohibido. Si bien muchas normas son tácitas y se desprenden de las pautas y costumbres de la cultura de la que somos parte y del orden jurídico de la sociedad, es importante definirlas claramente y explicitarlas.
En la escuela disciplinaria las normas emanan de la autoridad, constituyen los reglamentos y deben ser acatadas estrictamente, el éxito de la escuela disciplinaria se basa en la obediencia y subordinación. La normativa tiende a la homogenización del alumnado. En lo académico, la normalización se logra con la utilización de textos escolares homogéneos, métodos memorísticos que aseguren la repetición de un discurso oficial y único, y pruebas examinadoras estandarizadas. El éxito educativo consiste en garantizar que los alumnos se incluyan dentro del parámetro de la normalidad. El sistema disciplinario y normalizador excluye a los alumnos que por alguna razón no llegan a inscribirse en la norma.
Para la modalidad basada en el contrato, la autoridad no está centrada en una figura de autoridad de la que brota el saber y la norma sino en la construcción colectiva de pactos y acuerdos, pactos que, al ser creados por todos, sean respetados por todos, esencia de la vida en democracia. Este modelo no se basa en la jerarquía, da lugar a la conciencia del valor que los iguales tienen en el momento de la construcción colectiva.
La convivencia en una sociedad democrática depende de la aceptación de la diversidad, de que componemos una totalidad social heterogénea en la que todos tienen derecho a participar y formar parte de ella, en la que los conflictos son entendidos como naturales y deberán ser negociados y dialogados, en la que las diferencias coexisten para ser respetadas dentro de un marco de referencia al que se llegó por el consenso.
Para que los alumnos puedan apropiarse de estos valores democráticos tienen que probarlos, ensayarlos, ejercitarlos, practicarlos, repetirlos, es decir, vivirlos.

 

Para la modalidad basada en el contrato, la autoridad no está centrada en una figura de autoridad de la que brota el saber y la norma sino en la construcción colectiva de pactos y acuerdos.

 

Estos contratos intentan siempre:

  • Especificar claramente el comportamiento que se espera del alumno.
  • Favorecer situaciones de igualdad: el mensaje viene a ser «vamos a acordar entre los dos, dentro de un tiempo revisaremos la relación y aplicaremos las consecuencias que hemos establecido».
  • Promover la responsabilidad y la conciencia de las consecuencias de nuestras acciones para uno mismo y para los demás.

Los procesos pedagógicos y la convivencia institucional están indisolublemente vinculados entre sí.

No hay soluciones individuales para problemas compartidos y la realidad es que la educación de nuestros chicos y nuestros jóvenes es un problema compartido entre los docentes, las familias y el mundo adulto como referente. La comunicación, el diálogo, el respeto mutuo, la participación, el compromiso son promovidos al trabajar por contratos. La convivencia enseña; de ella se aprenden contenidos actitudinales, disposiciones frente a la vida y al mundo que posibilitan el aprendizaje de otros contenidos conceptuales y procedimentales.

 

Las modalidades participativas en las instituciones favorecen en los sujetos una mayor autonomía y compromiso.

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